TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL  Y ADMINISTRATIVA

CREACIÓN DE SECRETARÍAS DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.

ACUERDO G/JGA/31/2008

La Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 41, fracciones VII y XXII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, con fundamento en los artículos 45 y 52 de la Ley Orgánica en cita y considerando lo señalado por el Artículo Sexto Transitorio de dicho ordenamiento, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa señala entre las facultades de la Junta de Gobierno y Administración, establecer mediante acuerdos generales, las unidades administrativas que estime necesarias para el eficiente desempeño de las funciones del Tribunal y de sus órganos, de conformidad con su presupuesto autorizado;

Que la Junta de Gobierno y Administración, en términos de los artículos 45 y 52 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, para atender los asuntos de su competencia, preparar los proyectos y resoluciones que deban ser sometidos a la aprobación de la Junta, así como supervisar la ejecución de los acuerdos tomados por este órgano, contará con los Secretarios Técnicos, Operativos y Auxiliares necesarios, por lo que ha determinado crear la Secretaría Técnica Ejecutiva y la Secretaría Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración;

Que el Artículo Sexto Transitorio de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa determina que los servidores públicos que venían ejerciendo encargos administrativos que desaparecen o se transforman conforme a lo dispuesto por la Ley en comento, continuarán desempeñando los mismos cargos hasta que la Junta de Gobierno y Administración acuerde la creación de los nuevos órganos administrativos y decida sobre las designaciones mediante acuerdos específicos;

Que la Oficialía Mayor del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, se encuentra en el supuesto señalado en el considerando anterior, por lo que corresponde a la Junta de Gobierno y Administración acordar el órgano administrativo que desempeñará las funciones encomendadas a la mencionada área;

Que la Junta de Gobierno y Administración, en ejercicio de la facultad de dirigir la buena marcha del Tribunal, dictando las medidas necesarias para el despacho pronto y expedito de los asuntos administrativos de este Órgano Jurisdiccional, ha determinado crear la Secretaría de Administración en sustitución de la Oficialía Mayor del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, con la estructura y facultades que ésta tiene conferidas en las disposiciones jurídicas aplicables, por lo que ha tenido a bien emitir el siguiente

ACUERDO

PRIMERO.- Se crea la Secretaría Técnica Ejecutiva, dependiente de la Junta de Gobierno y Administración, la que tendrá las funciones siguientes:

I. Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta de Gobierno y Administración;

II. Coadyuvar con la Junta de Gobierno y Administración en el desempeño de sus funciones, y exponer, a petición de sus integrantes, precisiones complementarias a los proyectos que hubiere presentado a consideración de la Junta;

III. Proporcionar a la Junta de Gobierno y Administración, con la debida anticipación, la documentación que le sea requerida para el cumplimiento de sus funciones;

IV. Presentar a la Secretaría Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración, los asuntos de su competencia que proponga sean tratados por esta última;

V. Coordinar la planeación de los temas y asuntos de su competencia a tratar en la Junta de Gobierno y Administración, y supervisar el desarrollo y seguimiento de los mismos;

VI. Hacer del conocimiento de las Secretarías y unidades administrativas de la Junta de Gobierno y Administración, los acuerdos y resoluciones de la Junta en materia de su competencia, así como verificar su ejecución;

VII. Coordinar el desempeño de las funciones encomendadas a las Secretarías y unidades administrativas de la Junta de Gobierno y Administración, y vigilar su cumplimiento;

VIII. Convocar, por conducto de la Secretaría Auxiliar, a las Secretarías y unidades administrativas de la Junta de Gobierno y Administración, a las reuniones de ésta cuando lo solicite o cuando los temas de las sesiones de trabajo sean de su competencia;

IX. Las demás que le confieran las disposiciones legales y la Junta de Gobierno y Administración, así como las que competen a las Secretarías y unidades administrativas de la Junta de Gobierno y Administración.

SEGUNDO.- Se crea la Secretaría de Administración, dependiente de la Junta de Gobierno y Administración, en sustitución de la Oficialía Mayor del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, con la estructura y facultades que ésta última tiene conferidas en las disposiciones jurídicas aplicables.

TERCERO.- Se crea la Secretaría Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración, a la cual le corresponderá las funciones siguientes:

I.- Tramitar los asuntos que sean competencia de la Junta de Gobierno y Administración;

II.- Coadyuvar con los Magistrados integrantes de la Junta de Gobierno y Administración, en la clasificación, control y turno de los expedientes relativos a los asuntos que deban ser sometidos a su consideración;

III.- Recibir la documentación de los asuntos que deban someterse a la consideración de la Junta de Gobierno y Administración, y enviar la convocatoria con la documentación correspondiente a los Magistrados integrantes de dicho órgano colegiado;

IV.- Auxiliar al Presidente de la Junta de Gobierno y Administración en la elaboración del orden del día de las sesiones;

V.- Verificar y hacer constar la integración del quórum en las sesiones de la Junta de Gobierno y Administración;

VI.- Dar cuenta en las sesiones de la Junta de Gobierno y Administración de los asuntos que se sometan a su consideración; tomar la votación de sus integrantes, formular el acta relativa y comunicar las decisiones que se acuerden;

VII.- Dar seguimiento a los asuntos que consten en las actas de las sesiones de la Junta de Gobierno y Administración;

VIII.- Levantar y suscribir los acuerdos aprobados por la Junta de Gobierno y Administración, sometiéndolos a la firma del Presidente de la Junta, y asentarlos en los libros de actas respectivos;

IX.- Citar a los servidores públicos que determine la Junta de Gobierno y Administración a la sesión correspondiente para el mejor conocimiento de los asuntos;

X.- Tramitar la publicación, en los órganos y medios de difusión que correspondan, de los acuerdos de la Junta de Gobierno y Administración cuando ésta así lo disponga, realizando la compilación respectiva;

XI.- Dar fe y expedir certificados de las constancias y acuerdos que obran en los expedientes de la Junta de Gobierno y Administración;

XII.- Notificar los acuerdos y resoluciones que determine la Junta de Gobierno y Administración;

XIII.- Coadyuvar en la preparación de la memoria anual de funcionamiento del Tribunal que la Junta de Gobierno y Administración debe presentar al Presidente de la República y al Congreso de la Unión;

XIV.- Elaborar y presentar informes con la periodicidad que le sean requeridos por la Junta de Gobierno y Administración;

XV.- Las demás que determine la Junta de Gobierno y Administración.

CUARTO.- Se ordena la publicación de este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.

TRANSITORIO

ÚNICO.- Conforme al Artículo Primero, fracción IX, del presente Acuerdo, el Secretario Técnico Ejecutivo que designe la Junta de Gobierno y Administración, ejercerá las funciones encomendadas a la Secretaría de Administración para el caso de ausencia de su Titular.

Dictado en sesión extraordinaria del día ocho de agosto de dos mil ocho.- Firman el Magistrado Francisco Cuevas Godínez, Presidente de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y el Licenciado César Edgar Sánchez Vázquez, Secretario de la Junta de Gobierno y Administración, quien da fe.