Atribuciones de las Salas Regionales Metropolitanas y Foráneas

Las Salas Regionales del Tribunal se integran por tres magistrados cada una. Para efectuar sesiones es necesaria la presencia de los tres magistrados y para resolver bastará la mayoría de votos.

Las Salas Regionales conocen de los juicios que se señalan en el artículo 11 de la Ley Orgánica del Tribunal con excepción de los que corresponda resolver al Pleno o a las Secciones de la Sala Superior, en cuyo caso se encargan únicamente de la instrucción.

Las Salas Regionales conocen de los juicios por razón del territorio respecto del lugar donde se encuentra la sede de la autoridad demandada; si son varias las autoridades demandadas, donde se encuentre la que dictó la resolución impugnada. Cuando el demandado sea un particular, se atenderá a su domicilio.

Las sesiones de las Salas Regionales, así como las diligencias o audiencias que practican de conformidad con las leyes, son públicas a excepción de las en que se designe Presidente, se ventilen cuestiones administrativas, o la moral, el interés público o la ley así lo exijan, las sesiones de las Salas Regionales.

Con fundamento en los ACUERDOS DEL PLENO DE LA SALA SUPERIOR NO. G/10/2001 y G/43/2001, el territorio nacional se divide en las siguientes XX Regiones:

I. Del Noroeste I, que comprende el Estado de Baja California

II. Del Noroeste II, que comprende el Estado de Sonora

III. Del Noroeste III, que comprende los Estados de Baja California Sur y Sinaloa.

IV. Del Norte Centro I, que comprende el Estado de Chihuahua.

V. Del Norte Centro II, que comprende los Estados de Durango y Coahuila

VI. Del Noreste, que comprende el Estado de Nuevo León y los municipios de Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Ciudad Camargo, Díaz Ordaz y Reynosa del Estado de Tamaulipas.

VII. De Occidente, que comprende los Estados de Colima, Jalisco y Nayarit.

VIII. Del Centro I, que comprende los Estados de Zacatecas y Aguascalientes.

IX. Del Centro II, que comprende los Estados de San Luis Potosí y Querétaro

X. Del Centro III, que comprende los Estados de Guanajuato y Michoacán.

XI. Hidalgo México, que comprende los Estados de Hidalgo y de México.

XII. De Oriente, que comprende los Estados de Tlaxcala y Puebla.

XIII. Del Golfo, que comprende el Estado de Veracruz.

XIV. Del Pacífico, que comprende el Estado de Guerrero.

XV. Del Sureste, que comprende el Estado de Oaxaca.

XVI. Peninsular, que comprende los Estados de Yucatán y Campeche.

XVII. Metropolitana, que comprende el Distrito Federal y el Estado de Morelos.

XVIII. Del Golfo Norte, que comprende el Estado de Tamaulipas, con excepción de los municipios de Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Ciudad Camargo, Díaz Ordaz y Reynosa, del propio Estado.

XIX. De Chiapas-Tabasco, que comprende los Estados de Chiapas y Tabasco.

XX. Del Caribe, que comprende el Estado de Quintana Roo.

Conforme a las cargas de trabajo y los requerimientos de administración de justicia, el mismo acuerdo consigna el número de Salas para cada región, así como su sede.

I. Región del Noroeste I: Una Sala, con sede en la Ciudad de Tijuana, B. C.

II. Región del Noroeste II: Una Sala con sede en Ciudad Obregón, Sonora

III. Región del Noroeste III: Una Sala con sede en la Ciudad de Culiacán, Sinaloa.

IV. Región del Norte Centro I: Una Sala con sede en la Ciudad de Chihuahua, Chih.

V. Región del Norte Centro II: Dos Salas, ambas con sede en la Ciudad de Torreón, Coahuila.

VI. Región del Noreste: Dos Salas, ambas con sede en la Ciudad de Monterrey, N. L.

VII. Región de Occidente: Dos Salas, ambas con sede en la Ciudad de Guadalajara, Jal.

VIII. Región del Centro I: Una Sala, con sede en la Ciudad de Aguascalientes, Ags.

IX. Región del Centro II: Una Sala con sede en la Ciudad de Querétaro, Querétaro.

X. Región del Centro III: Una Sala, con sede en la Ciudad de Celaya, Guanajuato.

XI. Región Hidalgo-México: Tres Salas, todas con sede en Tlalnepantla, Estado de Méx.

XII. Región de Oriente: Dos Salas, ambas con sede en la Ciudad de Puebla, Puebla.

XIII. Región del Golfo: Una Sala, con sede en la Ciudad de Jalapa, Veracruz

XIV. Región del Pacífico: Una Sala, con sede en la Ciudad de Acapulco, Guerrero.

XV. Región del Sureste: Una Sala con sede en la Ciudad de Oaxaca, Oaxaca.

XVI. Región Peninsular: Una Sala, con sede en la Ciudad de Mérida, Yucatán.

XVII. Región Metropolitana: Once Salas, todas con sede en la Ciudad de México, D. F..

XVIII. Región del Golfo Norte: Una Sala, con sede en Ciudad Victoria, municipio del mismo nombre, Estado de Tamaulipas.

XIX. Región Chiapas-Tabasco: Una Sala con sede en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

XX. Región del Caribe: Una Sala con sede en la ciudad de Cancún.